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La naturaleza racional del hombre como fundamento de la propiedad en la filosofía de Locke

Según Locke, el Estado se ha instituido con el fin primordial de preservar la propiedad. Propiedad, sin embargo, no significa sólo la posesión de bienes exteriores sino que el concepto, en sentido amplio,abarca los derechos naturales del hombre, a saber, vida, libertad, salud y posesiones. La tesis que sostiene el filósofo en el capítulo V del Second Treatise se fundamenta en la asunción racionalista según la cual, el hombre en tanto que persona -ser dotado de razón y reflexión- es dueño absoluto de sus acciones y de los productos de ésta. El hombre al sacar las cosas del estado en que la naturaleza las ha dejado, mezcla con ellas algo de su personalidad, de ahí que todo lo que transforme con su labor sea suyo. De esta manera "propiedad" deviene un concepto moral y, la acción mediante la cual el hombre transforma una cosa haciéndola "suya", un acto de extensión de la personalidad que no puede ser vulnerado sin cometer injuria.

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